Anulación de deuda
El objetivo es rescindir la deuda generada al estudiante por estar justificado y autorizado por la Universidad.
Responsabilidad
- Dirección General de Administración (DGA).
- Oficina de Economía y Finanzas (OEF).
Requisitos
- Fut de la página web con indicación de datos de contacto (teléfono, dirección, correo electrónico y número de cuenta bancaria) dirigida al Director General de Administración.
- Boleta de Notas.
- Constancia de No Adeudo.
Procedimiento
- El estudiante presenta su Fut de la página web y requisitos en el Correo Institucional de la DGA, que remite la solicitud a la OEF:
a) Promedio Ponderado de Cero (00):
- La OEF revisa la documentación (requisitos) y si se verifica promedio ponderado de 00 (cero) se procede a la anulación de la deuda.
- Se comunica al usuario, vía correo electrónico sobre la anulación de la deuda y que puede continuar con el trámite académico y/o administrativo correspondiente.
b) Promedio Ponderado de hasta tres (0.1 a 03):
- La OEF revisa la documentación (requisitos) y si se verifica promedio ponderado hasta 3.0 (tres) en el ciclo académico involucrado (a excepción de los alumnos que cuenten con alguna nota aprobatoria en esta boleta), solicita la autorización a la DGA para proceder a la anulación de la deuda.
- La DGA revisa la documentación y de ser el caso autoriza a OEF la anulación de deuda. Si no es favorable le comunica a su correo improcedencia.
Costo
- Sin costo.
Duración
- Promedio Ponderado cero (00): 02 días hábiles.
- Promedio Ponderado hasta tres (0.1 a 3): 03 días hábiles.